En la página 3 del acta nº 7 de la Federación Andalua de Futbol en su reunión del pasado 12 de diciembre se dice.
Expediente Partido Baeza Patrimonio de la Humanidad - Atco. Jaén celebrado en elpabellón de San Andrés de Baeza el pasado día 9 de diciembre.
Se incoa expediente disciplinario al recibirse acta arbitral con anexo en el que se describen las agresiones de que fueron objeto un jugador y el entrenador del equipo Atco.Jaén, los cuales fueron golpeados cuando abandonaban el terreno de juego en dirección al vestuario por parte de sendos espectadores.
En trámite de audiencia se recibe escrito del Club Atco.Jaén en el que se insiste en los hechos agresivos relatados, mostrando su queja por el escaso o nulo apoyo de los jugadores y directivos del Club Baeza, que no colaboraron para identificar a los agresores. Acompañan parte médico de lesiones. No se ha recibido alegación alguna de este Club.
Vistos los precedentes hechos, este Comité de Competición y Disciplina Deportiva considera de máxima gravedad la situación producida dentro del Pabellón Deportivo de Baeza, no solo criticable desde el punto de vista humano y deportivo, sino reprochable jurídicamente. En ningún caso se permitirán situaciones similares que degradan la esencia del deporte y liquidan los principios básicos de educación y civismo. Es obligación de todos los Clubes participantes en la competición poner especial énfasis en el orden y seguridad de sus recintos deportivo, rechazando y expulsando a quienes no se comporten de forma adecuada.
En el caso que nos ocupa, si bien es cierto que las agresiones provienen de dos espectadores anónimos, no lo es menos que se producen en el pasillo hacia el vestuario, a una distancia muy corta de la grada, y por ello el Club titular está obligado a velar por el control del público especialmente en lugares críticos o peligrosos como, en este caso, los accesos a vestuarios.
Si a ello añadimos que, según se manifiesta por el equipo visitante -y no ha sido contradicho por el titular-, no hubo ninguna colaboración de los jugadores ni directivos del Club Baeza, nos encontramos ante una dejación importante de sus obligaciones.
El art.33.4.3 del Régimen de Justicia Deportiva de la FAF establece como circunstancia agravante la falta de colaboración o la actitud pasiva o negligente, tendente a disminuir los efectos de los hechos acaecidos, por parte del delegado de campo, directivos, jugadores o técnicos del club.
Por todo lo razonado este Comité acuerda:
1º.- Imponer al Club BAEZA PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD, como autor de una infracción muy grave del art.178.5 del Régimen Disciplinario de Futbol-Sala, la sanción de clausura de su terreno de juego por un período de seis encuentros y multa de 50 € por cada uno de ellos, lo que hace un total de 300 €.
2º.- Deberá informarse a la Federación Jienense el terreno de juego elegido por el Club sancionado para el desarrollo de la competición.
BaezaForos ha intentado ponerse en contacto con el representante del club sin éxito, para que explicara su versión de lo hechos, aunque según hemos podido sabr esta resolución está recurrida en el comité de apelación, que si a desestimara, haría peligrar la permanencia de este Club de fútbol Sala baezano en la competición provincial.